GRILLETE PROFESIONAL A LOS MÉDICOS

✍️ Barsine Sáinz
El pasado 18 de septiembre, el Ministerio de Salud Pública publicó en la Gaceta Oficial la resolución 115, firmada por el ministro, que deroga la número 282 de 2014. La norma reglamenta la contratación, ubicación, reubicación, promoción, suspensión e inhabilitación en el ejercicio de la profesión de los profesionales y técnicos de la salud. Una vez más, los médicos cubanos pierden el derecho de elegir cómo, dónde y bajo qué condiciones hacer su vida.
Se pueden escribir cientos de cuartillas sobre el tema. Baste citar artículos puntuales:
· Artículo 15.1: el traslado provisional de puesto de trabajo por interés del empleador se realiza de manera excepcional para garantizar la sostenibilidad, vitalidad y accesibilidad a los servicios de salud, y no puede exceder sin el consentimiento del trabajador el término de hasta 180 días naturales en el año.
· Artículo 22.1.b): los rectores de las universidades de ciencias médicas, en coordinación con las organizaciones estudiantiles y juveniles, definen las ubicaciones precisas para cada graduado bajo el principio de la integralidad y la incondicionalidad.
· Artículo 25.2: los recién graduados que no estén conformes con la ubicación asignada pueden presentar sus inconformidades dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a la notificación, ante el director general de salud provincial correspondiente, que resuelve en un plazo de treinta días hábiles.
· Artículos 44 al 46: los recién graduados tienen la obligación de cumplir el servicio social. De no incorporarse a la entidad asignada o interrumpir el período sin causas justificadas y autorizadas, se les inicia el proceso para la inhabilitación en el ejercicio de la profesión en el territorio nacional.
· Artículos 35 y 50: mencionan "valores que prestigian la medicina cubana" y "actitud y comportamiento contrario a las competencias exigidas". Ambas frases funcionan como herramientas de evaluación para inhabilitar a un médico. Su alcance no está bien definido, lo que deja un margen de error bastante amplio.
La resolución no habla directamente de los médicos que emigran. La resolución 994 de 2015 sigue vigente. Aplicada desde diciembre de ese año, contiene el procedimiento interno que la administración de las unidades del Sistema Nacional de Salud aplica a los trabajadores sujetos a las regulaciones del Decreto 306 del 11 de octubre de 2012, "sobre el tratamiento hacia cuadros, profesionales y atletas que requieren de autorización para viajar al exterior".
No solo está prohibida la libertad de elegir en qué país vivir, sin pedir permiso, para un médico especialista. Ahora se añade un férreo control sobre el médico recién graduado: la absoluta incertidumbre de no poder elegir durante 180 días su propio destino. Todo esto se suma al contexto actual de un sistema de salud precario, con apagones y dificultades de transporte. Todo cae sobre los hombros de los profesionales de la salud que, bajo esta resolución, quedan a merced del sistema, sin capacidad de decisión sobre sí mismos.
📷 Barsine Saínz




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