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FALLAS DE ORIGEN

FALLAS DE ORIGEN

hace 6 horas
2 min de lectura


✍️ Madelyn Sardiñas


En Cuba, la represión del disenso no distingue sexo, edad, raza ni credo. Bajo la excusa de la seguridad del estado, funcionarios violan la ley y luego condenan la respuesta ciudadana. El caso más reciente es el de Henry Constantin, periodista independiente y director de La Hora de Cuba, imputado por desobediencia al llegar tarde a una citación de un agente.


Este análisis no pretende ser una interpretación jurídica clásica, sino una lectura ingenieril del derecho.


En todo sistema, técnico o legal, el origen define la validez del proceso. El procedimiento penal debe iniciarse conforme a la Ley 143, De Proceso Penal; sin ese respaldo, cualquier citación carece de sustento normativo. Igual que en un mecanismo técnico, una falla inicial invalida todo lo que se construya encima. Aquí, la citación sin respaldo normativo revela un error estructural que convierte en ilegítima la imputación por desobediencia.


No es un caso aislado. En 2023, Alina Bárbara López fue sancionada bajo idéntico guion. El recurso de nulidad de su citación fue rechazado por el tribunal, que justificó la validez en virtud del Acuerdo 9151/2021 del Consejo de Ministros sobre la Prevención Social. Ese Acuerdo, sin embargo, no habilita citaciones policiales ni procedimientos de imputación: su objeto es la actividad de prevención social y sus destinatarios son los organismos de la Administración Central del Estado, no la ciudadanía en sede penal.


El Acuerdo establece comisiones colegiadas encabezadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con participación de Educación, Salud, INDER y el Ministerio del Interior. El MININT sí figura en el Acuerdo, pero ninguna de las funciones que este le atribuye lo faculta para citar a un ciudadano a comparecer. Por tanto, cualquier citación policial sin proceso penal iniciado carece de legitimidad. Que el tribunal haya rechazado la nulidad invocando ese Acuerdo constituye una resolución sin respaldo legal, aunque la calificación de prevaricación exige demostrar el elemento intencional del artículo 177 del Código Penal, Ley 151/2022, y el resultado adverso por sí solo no lo prueba.


Este enfoque no compite con el de los juristas, sino que aporta una auditoría lógica: identificar el punto de falla, demostrar su incompatibilidad con la Ley de Proceso Penal y el Acuerdo 9151/2021, y concluir que lo ocurrido es nulo ab initio.


Técnicamente, cuando un proceso nace con un error, todo lo que se construya encima está comprometido. Jurídicamente, la ausencia de respaldo normativo invalida todo el procedimiento.


El caso contra Henry Constantin es una falla política más: expone cómo la represión se disfraza de procedimiento legal, pero se derrumba al analizar su origen. Mientras el inicio sea ilegítimo, todo el proceso será inválido.


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